Política de devolución

 

Devoluciones:

 

Una vez realizado un pedido, ya sea a través de nuestra tienda online o mediante otros medios, el cliente tiene un periodo de 7 días a partir de la fecha de compra para realizar cualquier tipo de devolución. Pasado este plazo, Grupo ICM de Comunicación no admitirá devolución alguna.

 

Reembolso: 

 

Si se efectuó el pago mediante Transferencia Bancaria, el reembolso se realizará en la cuenta del cliente en el menor tiempo posible a partir de la recepción de las mercancías por parte de Grupo ICM de Comunicación S.L. Si se efectuó el pago a través de Tarjeta Bancaria, el reembolso se realizará en la misma tarjeta. La devolución de los productos dará lugar a un reembolso igual al precio de compra. En el caso de que el producto entregado sea defectuoso o incorrecto, el reembolso incluirá los gastos de envío generados al cliente por la devolución. En el caso de que el motivo sea ajeno a Grupo ICM de Comunicación S.L ,los gastos de devolución correspondientes correrán a cuenta del cliente. 

 

Cancelación de Compras: 

 

El usuario puede cancelar el proceso de compra siempre y cuando este no haya sido procesado en su totalidad y no haya salido de nuestro almacén. Con el fin de asegurar por parte del cliente dicha cancelación, es aconsejable ponerse inmediatamente en contacto telefónico con nosotros.

 

En caso de que el pedido haya sido enviado antes de su llamada, se considerará entonces como una devolución. 

 

6. Legislación Aplicable: 

 

Las transacciones comerciales realizadas con www.ventaonlinegrupoicm..es están sometidas a la legislación española. Leyes de aplicación a la materia: 

 

- Ley 34/2002, de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico y Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. 

 

- Ley 7/96, de 15 de Enero, de Ordenación del Comercio minorista (L.O. 2/1996, de 15 de Enero, Complementaria de la Ordenación del Comercio Minorista, Ley 47/2002, del 19 de Diciembre, de reforma de la Ley 7/1996 y Ley 1/2010, de 1 de Marzo de reforma de la Ley 7/1996).

 

En caso de conflicto o desacuerdo en la interpretación o aplicación de estas Condiciones Generales de Contratación, los Juzgados o Tribunales que conozcan del asunto serán los que disponga la normativa aplicable en materia de jurisdicción. 

 

En el caso de que el comprador tenga su domicilio fuera de España, ambas partes se someterán a los Juzgados yTribunales de Madrid (España).